Con el fin de regular el peso de mercancías desde el Lejano Oriente hacia México, por la presente emitimos las siguientes reglas de límites de peso a seguir por todos los agentes portuarios:
El límite de peso específico es el siguiente:
tinación | Modo de transporte interior | Pesos máximos permitidos | Tamaño del contenedor seco |
Puerto Base (Lázaro Cárdenas) | Ninguno | Especificación de carga útil | 20'/40'/40HQ |
Tierras adentro CY | Carril | 27 toneladas + tara | 20' |
25 toneladas + tara | 40'/40HQ | ||
Puerta del interior | Ferrocarril + Camión (Base Única) | 27 toneladas + tara | 20' |
25 toneladas + tara | 40'/40HQ | ||
Puerta del interior | Todos los camiones (base completa) | 21,5 toneladas + tara | 20'/40'/40HQ |
Definición:
Base completa: lo que significa que un camión arrastra 2 contenedores.
Base única: lo que significa que 1 contenedor es arrastrado por un camión.
Por favor, dé gran importancia a todas las unidades y verifique estrictamente la mercancía para evitar retrasos en la entrega u otros costos adicionales por exceder el límite de peso.
Los riesgos y costes adicionales resultantes de la violación del límite de peso correrán a cargo de las unidades responsables correspondientes. [Área Comercial de Transporte de Contenedores de las Américas COSCO]
Hora de publicación: 20-dic-2010